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Tribunal condena a más de 26 años de prisión a Mauricio Ortega

Pasadas las 16:00 horas de este martes se realizó la audiencia para la lectura de sentencia contra Mauricio Ortega , en la que se le condenó a más de 26 años de prisión por los delitos de femicidio frustrado, lesiones graves gravísimas y violación violenta de morada , por el caso Nabila Rifo .

En la instancia, se condenó a la expareja de Rifo a la pena de 12 años y 180 días de cárcel por el femicidio frustrado, más otros 12 años y 180 días por las lesiones graves gravísimas contra Nabila Rifo (29), delitos cometidos el 14 de mayo de 2016.

Además, se le sentenció a 540 días de reclusión menor en grado mínimo por su responsabilidad en calidad de autor de violación de morada violenta, perpetrado el 5 de junio de 2015, cuando el acusado irrumpió a hachazos en la casa de la víctima.

El 18 de abril pasado, cuando se le declaró culpable por mayoría, los jueces Mario Reyes Trommer y Pablo Freire Gavilán estimaron que la acusación contra Mauricio Orlando Ortega (42) fue probada más allá de toda duda razonable. El voto de minoría fue del magistrado Luis Rolando del Río Moncada , quien estuvo por absolver a Ortega por los delitos de femicidio frustrado y lesiones graves gravísimas.

Uno de los principales argumentos del voto de mayoría fue que Nabila Rifo sindicó al acusado como el autor de las agresiones que sufrió en el interior de la casa y minutos después en la intersección de las calles Lautaro con Monreal en la madrugada del 14 de mayo de 2016, cuando fue alcanzada por el acusado en momentos en que ella se dirigía a la casa de su madre, precisamente para abstraerse del episodio de violencia que estaba sufriendo de parte de su entonces conviviente.

La dinámica de golpes que describió coinciden con las características de las lesiones que sufrió, salvo la enucleación de sus ojos, lo que se explica porque la ofendida perdió la conciencia con el tercero de los golpes, cuando estaba en el suelo , indicaron los jueces.

Dicho testimonio fue sometido a un examen y contraexamen muy riguroso y exhautivo por parte de los intervinientes, especialmente de la Defensa, método de contradicción que al permitir un interrogatorio desde posiciones antagónicas, es sin duda el más idóneo para asegurar la calidad de la prueba que se produzca en el juicio y una adecuada reconstrucción de los hechos , añadieron.

En dicho escenario, la declaración de Nabila en el juicio resultó fortalecida, ya que se evidenció su coherencia, al narrar un episodio con un contexto y detalles que explicaron y contextualizaron el origen de las agresiones en un historial previo de violencia intrafamiliar originada por la conducta agresiva, posesiva y despreciativa del acusado hacia ella, que explica de manera lógica la trágica culminación de dicha historia, con un episodio de violencia extrema que expuso su vida al límite y truncó su proyecto de vida de manera sustancial , agregaron.

También mencionaron que se ha cuestionado la credibilidad del testimonio de Nabila Rifo que incrimina a Mauricio Ortega por las versiones que entregó a una psicóloga y a una psiquiatra una vez que recuperó su conciencia en Santiago y las que habría dado a cercanos del acusado e incluso a una Asistente Social que la entrevistó en su domicilio .

No obstante, indicaron, la misma víctima se encargó de desmentir esa versión en las dos declaraciones que prestó en la Fiscalía una vez que regresó a Coyhaique, y principalmente, en la audiencia de juicio oral, explicando que lo hizo para defender a Mauricio Ortega, pues aún lo quería, quería que él le explicara lo que había ocurrido, pero cuando regresó a Coyhaique y se dio cuenta que sus hijos chicos que no la reconocían, y se preguntó cómo los iba a vestir, sacar a pasear, y lo que había sufrido, se decidió a contar la verdad .

Otras razones del fallo de mayoría fueron las llaves de vehículo de Ortega con sangre de la víctima y dos bloques de concreto que también tenían sangre y cabellos de Nabila Rifo.

Al resultar compatibles tales elementos contundentes con las lesiones faciales sufridas, al tenor de los informes médicos incorporados, tener las mismas características morfológicas con los bloques encontrados en el patio del acusado, sumado a que todos esos bloques tenían adosados elementos pilosos de origen canino de similares características, lo anterior constituye un indicio serio respecto al origen del instrumento empleado en la agresión, que lo vincula con el acusado Mauricio Ortega , esgrimieron los magistrados.

Y esa llave, según se acreditó en el juicio, eran del acusado, pues al ser operadas por un funcionario de Carabinero en las inmediaciones del lugar, accionaron el mecanismo de apertura de puertas del vehículo del encartado, de manera tal que, si momentos antes las había utilizado para encender su vehículo, resulta mucho más probable y lógico que las haya tenido él en su poder al momento de los hechos y no la víctima, que como ella misma reconoció, ni siquiera sabía conducir , añadieron.

Además, afirmaron que el acusado prestó una declaración que en lo que respecta al desenlace de estos eventos resultó poco creíble y que no hizo otra cosa que evidenciar su responsabilidad en los hechos , ya que, de manera acomodaticia, aseguró que después que sus dos últimos amigos se fueron y quedó solo con Nabila, volvió a salir al exterior del inmueble, alrededor de las 05,35 a 05,40 horas, para acto seguido entrar a uno de los vehículos y quedarse dormido durante 10 a 15 minutos, esto es, casi en el mismo (momento) en que Nabila estaba siendo agredida, sin escuchar sus gritos, como tampoco notar nada extraño una vez que se despertó, alrededor de las 05,55 horas, lo cual sin duda constituye una versión que contribuyó a confirmar su participación en los hechos .

Finalmente, acerca de las razones por las cuales Nabila Rifo habría inculpado a otra persona una vez que recuperó al conciencia, las pericias psicológicas y sociales presentadas en el juicio permitieron entender que se enmarcaron en un proceso acorde con la dinámica de sometimiento y de violencia que caracterizaba su relación con el acusado .

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