Vocales de mesa y miembros del Colegio Escrutador : Son designados por las Juntas Electores existentes en la Región de Atacama , una por cada la provincia; Copiapó, Huasco y Chañaral.
13 agosto: El Secretario de la Junta Electoral publica en el Diario Chañarcillo nómina de vocales designados por Mesa Receptora de Sufragios y de los miembros de Colegios Escrutadores, Locales de Votación, Delegados y recintos en que funcionaran los Colegios escrutadores y además, ello sin perjuicio de la comunicación por carta certificada.
Servicio Electoral a su vez dispondrá en su sitio electrónico institucional y atenderá en forma presencial en las dependencias de las Direcciones Regionales, para informar al electorado su local de votación y mesa o bien revisar si fueron designados vocales de mesa, miembros de los Colegios Escrutadores y Delegados de local.
16 al 18 Fecha para presentar excusas y exclusiones (tres días hábiles) para el desempeño del cargo de vocal y miembro de Colegio Escrutador, la que debe ser presentada por escrito ante la respectiva Junta Electoral que lo designo, siendo en la Región de Atacama:
-Junta Electoral de Chañaral: Al correo electrónico excusaschanaral@gmail.com, en forma presencial en el domicilio de la Notaria Los Baños N°221, Chañaral, en horario de 09:00 a 15:00 horas y fono consulta de 52-2513511.
–Junta Electoral de Copiapó: Se debe ingresar la solicitud de excusas en la página web www.conservadorcopiapó.cl
–Junta Electoral del Huasco: Solicitar excusas enviando documentación al correo electrónico excusas.juntaelectoralhuasco@gmail.com o presencial al domicilio Ramirez N°731 (Notaria) en horario 09:00 a 14:00 Hrs. y de 15:30 a 18:00 hrs.
Sábado 20 agosto: Se publica por las Juntas Electorales, nóminas de vocales reemplazantes para Mesas receptoras y miembros de Colegios Escrutadores en el Diario Chañarcillo.
El voto es obligatorio para el plebiscito Constitucional que se efectuara el día domingo 4 de septiembre del año en curso, el elector que no vota será penado con una multa que fluctúa entre 0.5 a 3 UTM , En el caso de no cumplir con la designación de vocal o miembro del colegio escrutador la multa corresponde a 2 a 8 UTM , ambas multas será aplicada por el Juez de Policía Local competente a su domicilio electoral.